Por Samantha Kammanreportero del Christian Post
Una diócesis católica no tiene que cambiar el nombre y el sexo registrados en los registros de bautismo de una persona identificada como trans, dictaminó un tribunal de apelaciones mexicano.
El fallo final de la Corte de Apelaciones del 22º Circuito Federal en México determinó que las iglesias y organizaciones religiosas tienen el derecho bajo la Constitución mexicana de gestionar los asuntos de acuerdo con sus doctrinas.
La Diócesis Católica de Querétaro fue demandada por un individuo identificado como trans quien exigió que la diócesis cambiara el nombre y sexo masculino registrado en su partida de bautismo, solicitud que la iglesia había negado.
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El grupo cristiano de defensa legal Alliance Defending Freedom International apoyó a la diócesis durante toda la demanda, que el demandante presentó en 2021.
Tomás Henríquez, director de incidencia para América Latina y el Caribe de ADF International, elogió al tribunal por defender los «derechos de autonomía constitucionalmente protegidos de la Iglesia Católica».
«Tanto la constitución mexicana como el derecho internacional son claros: las iglesias tienen derecho a gestionar sus asuntos de acuerdo con las convicciones de su fe. Este es un requisito previo para la libertad religiosa», dijo Henríquez en un comunicado.
«A medida que continúa la batalla contra la ideología de género, este caso sienta un precedente importante para las iglesias y organizaciones religiosas en México, y tenemos la esperanza de que México tome medidas reales para mejorar su posición en materia de libertad religiosa. Además, este fallo protege el derecho básico de la iglesia para salvaguardar la exactitud de sus registros históricos, críticos para el propósito de administrar sus sacramentos.»
Inicialmente, el Instituto Nacional de Protección de Datos de México, agencia federal responsable de resolver reclamos por violaciones de protección de datos, falló a favor de la persona trans. El demandante, un hombre que se identifica como mujer, argumentó que la ley de protección de datos de México exigía que la diócesis cambiara sus registros. La agencia federal ordenó a la diócesis cumplir con la demanda.
En abril, la Corte Suprema de México se negó a pronunciarse directamente sobre el caso.
Posteriormente, la corte federal de apelaciones de México se puso del lado del derecho constitucional de la diócesis a actuar de acuerdo con su doctrina sin interferencia del gobierno, según ADF International. La corte federal de apelaciones citó los artículos 24 y 130 de la Constitución mexicana.
«La corte de apelaciones sostuvo además que la ley federal de protección de datos personales era inconstitucional tal como se aplicaba porque el Congreso no había considerado adecuadamente el derecho de autonomía de las iglesias bajo la ley mexicana de separación de iglesias y estados, y por lo tanto no había incluido una exención para el mantenimiento de registros de asuntos de la iglesia», afirmó ADF International.
«La decisión de la corte de apelaciones en este caso sienta un precedente importante para defender la libertad religiosa y los derechos de autonomía de las iglesias y organizaciones religiosas en México».
En una entrevista del 14 de mayo con ACI Prensa, socio español de la Agencia Católica de Noticias, Henríquez dijo que la Iglesia Católica tiene derecho a negarse a hacer el cambio basándose en «la doctrina inmutable de la Iglesia sobre la constitución de la persona como hombre, como mujer, que así ha sido creada por Dios.»
El director de ADF Internacional dijo que «las actas de bautismo no tienen otra funcionalidad u objetivo que permitir la [Catholic] Iglesia a mantener registros históricos confiables de la administración de los sacramentos.»
Según Henríquez, la Corte Suprema de México se negó a aceptar el caso porque consideró que «ya había dado pautas suficientes dentro de su jurisprudencia para resolver el asunto».
«Con esto se mantiene el fallo del tribunal de apelaciones a favor de la Iglesia, basado en argumentos de autonomía de las instituciones religiosas», afirmó.
Samantha Kamman es reportera de The Christian Post. Puede comunicarse con ella en: samantha.kamman@christianpost.com. Síguela en Twitter: @Samantha_Kamman
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